Solicitud de las partes permutantes con un sello de $ 20.00 cada uno.
Expediente de la tierra de ambas partes.
Los Directores de las Empresas deben acreditar el interés estatal en la permuta, o sea, en qué se beneficia el Estado al autorizar dicho acto, tanto el que recibe como el que entrega las tierras.
Criterios de los Presidentes de la ANAP a nivel provincial y municipal de ambos territorios y del Presidente de la ANAP a nivel nacional.