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Genética y control pecuario

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La Dirección de Genética y Registro Pecuario es una de las funciones específicas del Ministerio de la Agricultura y que tiene como Misión:
Proponer, implementar y controlar la política para el desarrollo genético animal, la preservación del genofondo, recursos zoogenéticos, importación y utilización del material genético, los procedimientos de registro y control de la masa ganadera, registro de razas puras y sus cruzamientos, los sistemas de identificación e información del control de los rebaños.

Compras al estado

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Las delegaciones municipales de la Agricultura tiene como misión ejecutar,implantar y controlar las políticas del estado y el Gobierno sobre la producción agropecuaria y forestal; propiedad y posesión de la tierra y su empleo sostenible; el uso, conservación y mejoramiento de los suelos; la sanidad vegetal y animal; el registro y control físico y estadístico del patrimonio ganadero; el control del patrimonio forestal y de la flora y la fauna silvestres;la mecanización, riego y drenaje agrícola; la genética animal y recursos zoogenéticos; las semillas y los recursos fitogenéticos; así como el fomento y desarrollo del movimiento cooperativo en el sector agropecuario y azucarero del municipio.

Obtención de certificaciones sobre la tenencia de ganado mayor

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  • Documento acreditativo de la propiedad de los animales sobre los cuales se requiere obtener la certificación. (Certificado d Registro Pecuario)
  • Sello de timbre por valor de $5.00 por cada certificación solicitada.
  • Carnet de identidad del propietario. Si el declarante no es dueño de los animales, deberá presentar el Poder Notarial otorgado al mismo así como su carnet de identidad.

Declaración de inscripción de nacimiento de ganado mayor

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  • Documento acreditativo de la propiedad de los animales causantes de los nacimientos a declarar (Certificado de Registro Pecuario)
  • Sello de timbre por valor de $ 5.00 por cada animal a declarar de ganado mayor (Vacuno y Equido)
  • Carnet de identidad del propietario. Si el declarante no es dueño de los animales, deberá presentar el Poder Notarial otorgado al mismo así como su carnet de identidad.

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